REDUCCION DE PERSONAL, EJERCICIO POR EL PATRON DE LA CLAUSULA QUE LO FACULTA PARA LA.
Cuando en un contrato colectivo se pacta que por la índole de los trabajos desarrollados, que en ocasiones requieren mayor personal y en otras menos trabajadores, el patrón pueda reducir o aumentar dicho personal de acuerdo con sus necesidades, debe entenderse que esa facultad del patrón para reducir el personal no es arbitraria, sino condicionada a las necesidades del trabajo, pues de no ser así la cláusula relativa tendría que estimarse nula por entrañar la renuncia de los trabajadores al derecho de ser indemnizados cuando sus contratos fuesen rescindidos injustificadamente, por lo que en cada caso debe demostrarse que de acuerdo con las necesidades de la empresa los servicios de determinado trabajador son innecesarios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366304-695e2b12/reduccion-de-personal-ejercicio-por-el-patron-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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