PATRON, LOS TRABAJADORES NO ESTAN OBLIGADOS A CONOCER LA CALIDAD DE PERSONA FISICA O MORAL DEL.
Los obreros no están obligados a conocer pormenorizadamente la calidad de la persona física o moral del patrón, ni el denominativo de la empresa, bastando que se identifique el lugar del trabajo, la naturaleza de la negociación en que prestan sus servicios, en función de su objeto, no de nombre, y que se de legalmente al propietario, o bien al representante de la empresa demandada, la oportunidad de ser oído, citándolo al conflicto, para que éste no pueda fundadamente alegar la ignorancia de la demanda o que se le sitúe en estado de indefensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366464-532dd222/patron-los-trabajadores-no-estan-obligados-a-conocer · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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