TRABAJADORES, POSTERGACION DE LOS.
No hay precepto en la Ley Federal de Trabajo que autorice a las empresas a postergar a un trabajador, cuando se demuestra su incompetencia para el cargo, pues se ha dejado que las condiciones en que debe efectuarse el trabajo sean objeto de la contratación individual o colectiva, según los artículos 33 y 42 de la citada Ley; por lo que si el contrato de trabajo no obra entre las constancias del expediente de amparo, no se puede decidir respecto de la legalidad de la postergación del trabajador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367144-f839f3ec/trabajadores-postergacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2257/53. Petróleos Mexicanos. 15 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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