EXAMENES A LOS TRABAJADORES.
Si la excepción de falta de acción opuesta por la empresa demandada no se fundó en que el trabajador hubiera contestado erróneamente ciertas preguntas y dejado de contestar otras, caso en el que la Junta tendría que examinar el sentido de las contestaciones erróneas, siempre que tal examen no requiriese conocimientos especiales, sino que esa excepción se fundó en que dicho trabajador no pasó satisfactoriamente el examen, la empresa sólo quedó obligada a acreditar que aquél había sido descalificado en la prueba, lo que supone que carecía de competencia, si ninguna cuestión se propuso en relación con que determinadas respuestas fuesen correctas en vez de ser equivocadas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367373-e9fd3039/examenes-a-los-trabajadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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