EXCEPCIONES, EN MATERIA DE TRABAJO DEBEN PRECISARSE LOS HECHOS FUNDATORIOS DE LAS MISMAS.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en varias ejecutorias ha sustentado el criterio de que las excepciones deben estar fundadas en hechos y no limitarse simplemente al enunciamiento genérico y clasificación legal de una causal; es decir, es necesario plantear los hechos concretos en que se basa un despido justificado, con determinación de circunstancias, fechas y demás elementos que singularicen el motivo de despido, ya que, de otra manera, se dejaría en estado de indefensión a la parte contraria, pues desconociendo los hechos concretos que se le imputan no puede rendir prueba alguna para desvirtuarlos, o medios probatorios para demostrar en contrario de los que ofrezcan la otra parte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367538-6ceeff8b/excepciones-en-materia-de-trabajo-deben-precisarse-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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