ACCIDENTES DE TRABAJO, CARGA DE LA PRUEBA.
Cuando se reclama indemnización por enfermedad profesional derivada de accidente de trabajo y la demandada niega que ocurriera tal accidente, es al trabajador a quien incumbe la prueba de que sufrió el accidente en el trabajo, a causa de el o con motivo del mismo, tanto por que es tal hecho el fundamento de su acción como porque la excepción de la empresa es una simple negación que no entraña hecho positivo alguno.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367561-110160a9/accidentes-de-trabajo-carga-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9858/49. Mujica Santiago. 22 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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