SUBSTITUCION DEL PATRON, EFECTOS DE LA.
La substitución del patrón, en los casos en que hay un conflicto laboral pendiente con el patrón substituido, repercute necesariamente en la relación jurídica procesal, puesto que la legitimación de la parte substituida sufre alteración por el cambio del sujeto, pero si conocida esa situación por la contraparte, ésta no gestiona que la Junta mande llamar a juicio al patrón sustituto, para que asuma los derechos y cargas procesales de su antecesor dentro del proceso, tal omisión o tardanza en gestionar, no reporta beneficios de prescripción negativa en favor del patrón sustituto, que no es llamado a juicio, porque las situaciones procesales no se convalidan ni nulifican por prescripción positiva y negativa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368465-ac05a2a1/substitucion-del-patron-efectos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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