AGRAVIOS EN LA REVISION EN MATERIA DE TRABAJO.
Si de acuerdo con la jurisprudencia de esta Suprema Corte, el agravio es la lesión de un derecho cometido en una resolución judicial, por haberse aplicado indebidamente la ley, o porque se dejó de aplicar la que rige el caso, es claro que el recurrente tiene que precisar cuál es la parte de la sentencia que se lo causa, citar el precepto legal violado, explicar el concepto por el cual fue infringido, y al no cumplir el quejoso estos requisitos, no existe propiamente agravio, y siendo esta la base de la controversia en la revisión, su ausencia impide a la Suprema Corte hacer el estudio de la sentencia recurrida. Y si el recurrente se limitó a hacer una exposición de hechos, sin expresar los agravios que la sentencia le cause y desentendiéndose de la consideración en que se funda el Juez de Distrito, procede la confirmación de dicha sentencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368565-053db13f/agravios-en-la-revision-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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