JUNTAS, COMPETENCIA DE LAS.
El alegato en el sentido de que la Junta responsable se declaró competente en el laudo, para conocer del conflicto, no puede tenerse como concepto violatorio en el amparo, porque los quejosos no opusieron en su contestación a la demanda laboral, la excepción de incompetencia, en ninguna forma, y sólo se concretaron a "no reconocer la responsable, más competencia que la que en derecho les correspondiera", lo que no implica excepción de incompetencia, y en tal virtud, no pueden alegar que la declaración de la responsable es violatoria de garantías, puesto que tuvieron una oportunidad procesal para oponer la excepción de incompetencia y no lo hicieron.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369179-bfc2c3fa/juntas-competencia-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INCOMPETENCIA DE LAS JUNTAS, OPORTUNIDAD PARA HACER VALER LA. (s/clave)
- JUNTAS, AMPARO CONTRA LA DECLARACION DE INCOMPETENCIA POR LAS. (s/clave)
- JUNTAS, COMPETENCIA DE LAS. (s/clave)
- TRABAJADORES, INCOMPETENCIA DE LOS. (s/clave)
- JUNTAS, DECLARACION DE QUE SON COMPETENTES. (s/clave)
- JUNTAS, INCOMPETENCIA DE LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis