PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, NO ES APLICABLE EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA LA ESTIMACION DE LAS.
El Código Federal de Procedimientos Civiles, no tiene aplicación supletoria en los conflictos laborales, respecto del valor que debe asignarse a las pruebas, porque existe en la Ley Federal del Trabajo, precepto expreso, el artículo 550, por el cual las Juntas tienen facultad para apreciar los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a reglas fijas sobre estimación de pruebas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369343-7cec966f/pruebas-en-el-procedimiento-obrero-no-es-aplicable · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2867/49. Nicolás Pérez Medina. 16 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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