PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
El artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, al facultar a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para apreciar las pruebas en conciencia, excluye la aplicación de las normas contenidas en otros ordenamientos sobre valoración de las pruebas, por lo que no es exacto que la responsable viole, porque deje de aplicarlos, tales o cuales preceptos del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801897-cb9e66eb/pruebas-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6216/57. Virginia Acosta Molina. 24 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS. (s/clave)
- PRUEBAS, VALORACION DE LAS, NO ES SUPLETORIO DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES TRATANDOSE DE. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION Y VALORACION DE LAS, POR LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis