PRUEBAS.
Los diversos artículos del Código Federal de Procedimientos Civiles que se refiere al valor de las pruebas, no tienen aplicación en los juicios laborales, porque las Juntas de Conciliación y Arbitraje están facultadas para apreciar los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a reglas sobre estimación de las pruebas, según lo dispone el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1225/61. 13 de noviembre de 1961. La publicación no menciona el nombre del promovente, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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