TRABAJADORES, DE BASE, NO ASCENDIDOS A PUESTOS DE CONFIANZA.
En el caso de un trabajador de escalafón, que en ocasiones anteriores ha sido designado interinamente en un puesto de confianza, y que al surgir otra vez la vacante, no es promovido por habérsele perdido la confianza, no es aplicable la fracción X, del artículo 26, de la Ley Federal del Trabajo, ya que no se trata de un trabajador de confianza que estado desempeñando sus labores, hubiera sido retirado de su puesto por la pérdida de esa confianza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369544-0c81be1c/trabajadores-de-base-no-ascendidos-a-puestos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2604/45. Compañía Minera Asarco, S. A., Unidad de Barreno. 29 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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