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Modo: Corpus Pro

DEMANDADO EN EL PROCEDIMIENTO DE TRABAJO, NO LO ES EL PADRE SI EL PROPIETARIO DE LA NEGOCIACION ES EL HIJO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 369933 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 934

Si demandado el padre, se prueba que la fuente de trabajo pertenece al hijo, no se puede condenar al primero, a menos que se pruebe que el segundo es menor de edad o está incapacitado y el padre ejerce la patria potestad o la tutela.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369933-f1171d95/demandado-en-el-procedimiento-de-trabajo-no-lo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 242/46. Méndez Oviedo Sóstenes. 11 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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