PERITOS, APRECIACION DE LA PRUEBA DE, POR LAS JUNTAS.
Las Juntas violan el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, cuando desechan de plano la prueba pericial, sin analizar y sin expresar las razones que tengan para estimarla contradicha por otras pruebas más fehacientes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370082-966b4713/peritos-apreciacion-de-la-prueba-de-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3230/47. Flores Chávez Roberto. 28 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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