NOVACION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO.
Sí opera la novación en los contratos de trabajo, pues no hay razón lógica ni jurídica para que pueda sostenerse lo contrario. Por tanto, si en el caso se celebró un nuevo contrato entre el sindicato quejoso y la parte demandada, por el que dejó de existir la obligación de este último, de emplear a dos trabajadores de dicha organización, sustituyéndose por otra, en ese nuevo contrato, consistente en dar ocupación a un solo trabajador, es claro que al exigirse en el juicio laboral, por dicho sindicato, que el referido demandado ocupara a dos trabajadores, el propio demandado estuvo legalmente capacitado para oponer, como lo hizo, la excepción de novación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370217-206c7d2f/novacion-de-los-contratos-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- NOVACION. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO, NOVACION DEL. (s/clave)
- CONTRATOS DE TRABAJO, CUANDO NO EXISTE NOVACION EN LOS. (s/clave)
- NOVACION DEL CONTRATO DE TRABAJO REQUISITOS DEL. (s/clave)
- NOVACION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO. (s/clave)
- CONTRATOS LABORALES NUEVOS, SON SOLO APLICABLES A SITUACIONES JURIDICAS QUE SE PRESENTEN A PARTIR DE SU VIGENCIA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis