PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION, NO TIENEN VALOR EN EL PRINCIPAL.
El incidente de suspensión y el juicio principal, son dos expedientes diversos, por lo que los documentos que se ofrecen como prueba en uno de ellos, no pueden tenerse con ese carácter en el otro, a no ser que se desglosen dejando copia certificada en su lugar, o solicitando que se expida la certificación correspondiente de la misma, para presentarla en la audiencia respectiva. En el caso, un certificado ofrecido para el incidente de suspensión, no pudo tomarse en consideración, ni siquiera para la tramitación del juicio constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371139-f22778b7/pruebas-en-el-incidente-de-suspension-no-tienen · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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