TRABAJADORES, COMPROBACION DEL DESPIDO DE LOS.
Si el demandado se excepciona en el sentido de que no separó al trabajador, sino que éste abandonó el trabajo, corresponde a aquél y no al trabajador, demostrar dicho abandono.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371231-863f670a/trabajadores-comprobacion-del-despido-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9324/46. Briseño Simona. 18 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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