Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJADORES, DESPIDO DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 381318 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1626

Para que un trabajador se considere despedido, no es menester que por actos expresos se le indique su separación, sino que basta con que se le nieguen los medios necesarios para el desempeño de sus labores.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381318-171886a3/trabajadores-despido-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 4970/36. Gorozpe Manuel. 27 de noviembre de 1936.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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