CONCILIACION.
La conciliación en los conflictos de trabajo, es un trámite sustancial, que debe realizarse por las autoridades expresamente señaladas por la ley, dadas las finalidades que con ella se persiguen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371532-b6135430/conciliacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6633/46. "Compañía Metalúrgica de Peñoles", S.A. 21 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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