Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS, OBLIGACION DE HACER LAS PROMOCIONES CONDUCENTES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 372145 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 422

No obstante que en la tramitación de los conflictos obrero patronales ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, se obliga a éstas a desahogar de oficio determinadas diligencias, tales disposiciones no derogan el principio de impulsión en estos procedimientos, pues de todas maneras, los interesados están obligados a presentar las gestiones y hacer las peticiones conducentes para que continúe la secuela procesal, no obstante de que se trate de alguna prueba pendiente de desahogarse.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372145-50b63880/pruebas-ante-las-juntas-obligacion-de-hacer-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 3817/45. Mendoza Raúl. 18 de enero de 1946. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Eduardo Vasconcelos.

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