PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DE LOS PATRONES PARA DESPEDIR A SUS TRABAJADORES, CUANDO EMPIEZA A CORRER EL TERMINO PARA LA.
El término a que se refiere la fracción IV del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo, debe empezar a contarse desde el momento en que se consuma la falta o cuando esta cesó, cuando se trate de causas que se prolonguen durante algún tiempo, mas no cuando aquélla se inicia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372422-2f2343ec/prescripcion-de-las-acciones-de-los-patrones-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4003/45. Isnard Paul. 22 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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