PRESCRIPCION, SE INTERRUMPE POR LA PRESENTACION DE LA DEMANDA, AUNQUE DESPUES SE DECLARE NULO LO ACTUADO.
La interposición de la demanda interrumpe la prescripción, y el hecho de que con posterioridad se declare nulo lo actuado, no afecta de dicha demandada en sí misma, ni anula la interpelación en ella contenida; por lo que no puede considerarse que, a virtud de esa nulidad, el término de la prescripción no pudo interrumpirse. Así lo consideró la Suprema Corte en la ejecutoria Barajas viuda de Ruelas Dominga que aparece en la página 7495 y siguientes del Tomo LXXIII del Semanario Judicial de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372533-6cdce618/prescripcion-se-interrumpe-por-la-presentacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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