TESTIGOS EN MATERIA PENAL.
Las declaraciones de los familiares de la víctima de un delito, en contra del autor de éste, sólo engendran indicios, siempre y cuando se refieran a hechos relacionados con la infracción penal y que hayan presenciado tales deponentes, y para hacer fe plena, se necesita que esas declaraciones estén adminiculadas por otras pruebas; por consiguiente, si de los hechos relatados por la actora, al rendir su deposición ante el Juez que conoció del proceso seguido en contra del responsable del homicidio del trabajador, aparece que no presenció los que tomó en cuenta la responsable, resulta que esa declaración no hace fe plena, y mucho menos en virtud de que pueda favorecer a la propia actora, por ser la interesada en obtener el laudo adverso a los intereses del demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372579-6eba0956/testigos-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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