Corpus
Modo: Corpus Pro

DESESTIMACION DE LA ACCION EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, POR FALTA DE PROMOCION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 372895 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2364

El artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, establece que se tendrá por desistida de la acción intentada a toda persona que no haga promoción alguna en el término de tres meses, siempre que esta promoción sea necesaria para la continuación del procedimiento. Ahora bien, del texto de dicho artículo, se desprende que no es necesario que exista juicio en el que se haya establecido la litis, para que tenga aplicación el mismo precepto, sino que basta con que se haya presentado la demanda, ya que es evidente que en esta forma se intentó la acción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372895-adddae8b/desestimacion-de-la-accion-en-el-procedimiento-obrero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 355/45. Henríquez L. Rafael y coag. 15 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.