JUBILACION DE LOS TRABAJADORES.
Si los peritos dicen que el trabajador solicita su jubilación se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales y físicas y por tanto sano, tal dictamen funda adecuadamente la resolución de la Junta responsable declarando improcedente la jubilación, pues aunque los peritos añadan que la condición física del trabajador, complexión y edad no son favorables para que siga desempeñando trabajos rudos, esta aseveración no constituye la materia del peritaje, sino una simple recomendación que en manera alguna puede estimarse que implique que el actor llena los requisitos para ser jubilado y, por tanto, el laudo absolutorio para la empresa relativa no es violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373671-89bbc95e/jubilacion-de-los-trabajadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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