AGRUPACIONES DE TRABAJADORES, DERECHO DE LAS, A SER REGISTRADAS.
Toda agrupación de trabajadores que reúna los requisitos que para formar una entidad sindical previene el artículo 242 de la Ley Federal del Trabajo, tiene derecho a ser registrada, sin que obste que exista registrada otra entidad sindical de la misma rama industrial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373717-db3a0a85/agrupaciones-de-trabajadores-derecho-de-las-a-ser · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó por improcedente la demanda 5258/44. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 15 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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