TRABAJADORES, RENUNCIA DE DERECHOS POR LOS.
Si los trabajadores convinieron con la empresa, en que les fuera pagado un día más de salarios a la semana, en compensación por las horas extraordinarias que laboraban, no puede decirse que hayan renunciado derecho alguno consagrado a su favor, pues no implica tal renuncia, la aceptación de que se les pagara el servicio extraordinario que prestaban, mediante la compensación indicada, con la cual eran resarcidos de su esfuerzo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373933-b7cfd329/trabajadores-renuncia-de-derechos-por-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6531/43. Fernández Arca Manuel y coag. 26 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.
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