DEMENCIA MENTAL, PRUEBA DE LA.
El estado de demencia mental en que una persona se encuentra, sólo puede ser comprobado mediante prueba pericial, y no por medio de testigos, y si para comprobarla se presentan los certificados de dos médicos que no fueron nombrados peritos, y los mismos no comparecen ante la Junta a ratificar dichos certificados, se trata de una prueba testimonial que por no haber sido recibida con citación de la parte contraria, no puede pararle en perjuicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/374215-7a9a0c9a/demencia-mental-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3474/43. Miranda Hernández Emilio. 3 de mayo de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Angel Carvajal.
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