CONCILIACION ANTE LAS JUNTAS.
La omisión del periodo conciliatorio, implica una violación de garantías para ambas partes, porque se traduce en la privación de una de las etapas del procedimiento de trabajo, respecto de las cuales el legislador puso especial empeño en que tuviera lugar, a fin de obtener en lo posible el avenimiento de las partes en el conflicto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/374252-bb0e5341/conciliacion-ante-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6973/43. Banco Nacional de Crédito Ejidal, S. A. 7 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Angel Carvajal.
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