SALARIOS.
Si el patrono no cumplió con las condiciones del contrato de trabajo, es responsable de los salarios correspondientes al trabajador, aunque éste no haya laborado por su culpa, de acuerdo con los artículos 33 y 124 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/374518-935afaf8/salarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7728/42. Moragrega Miguel. 24 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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