PRUEBA PERICIAL EN EL, PROCEDIMIENTO OBRERO.
Si de la simple lectura de los dictámenes emitidos por los peritos de la parte actora y de la parte demandada, se nota que existen discrepancias en los mismos, es claro que la prueba pericial no se practicó conforme a la ley, ya que era necesario que se designara un perito tercero en discordia, y en tales condiciones, se violó el procedimiento privando de defensa al quejoso, y debe concedérsele la protección federal, a fin de que se reponga el procedimiento desde que fue violado, nombrándose al efecto un perito tercero en discordia, para que rinda su dictamen y se dicte el laudo que corresponda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375243-e5ffa53e/prueba-pericial-en-el-procedimiento-obrero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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