ESCUELAS ARTICULO 123, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA EL TRASLADO DE LOS AYUDANTES DE LAS.
Siendo facultad de los titulares del poder público la de ordenar el traslado de sus empleados al lugar en que lo requieran sus servicios, las disposiciones que dictan en tal sentido, tienen la presunción de ser motivadas por el interés público, a menos de que se demuestre lo contrario, por lo que contra tales traslados, no procede la suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375639-4f002a2a/escuelas-articulo-123-improcedencia-de-la-suspension-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 7991/42. Pérez López Francisco. 29 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.
Jurisprudencia relacionada
- TRASLADO DE EMPLEADOS. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, TRASLADO DE LOS. (s/clave)
- EMPLEADOS, TRASLADO DE LOS. (1004)
- EMPLEADOS PUBLICOS, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE TRASLADARLOS A OTRO LUGAR PARA PRESTAR SUS SERVICIOS. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE QUE SEAN TRASLADADOS. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA REMOCION DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis