JUBILACION, PRESCRIPCION TRATANDOSE DE LA.
Si el derecho a la jubilación nació cuando se reunieron los requisitos consiguientes para obtenerla, consistentes en el término de la duración de los servicios y en la comprobación de la inhabilidad manifiesta para el trabajo, por parte del obrero, por enfermedad no profesional, debe decirse que si no se intentó la acción de jubilación en la época propicia sino hasta algún tiempo después, es claro que las pensiones a que tenía derecho el trabajador desde aquel entonces, fueron prescribiendo en su perjuicio, de acuerdo con las disposiciones legales relativas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375694-b44493a2/jubilacion-prescripcion-tratandose-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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