SALARIO MINIMO.
Al definirse lo que debe entenderse por salario mínimo, a través de las disposiciones contenidas en la fracción VI del artículo 123 de la Constitución, y en el artículo 99 de la Ley Federal del Trabajo, no se toma en cuenta, por estos preceptos, el concepto de "residencia"; por lo que no puede ser este precepto el que determine cuál de los dos tipos de salario mínimo, a que se hace referencia en el juicio arbitral, debe tomarse en cuenta como único para pagar sus salarios a los trabajadores reclamantes, quienes trabajan o han trabajado dentro de dos diversas circunscripciones territoriales, respecto de cada uno de los cuales rige diverso tipo de salario mínimo; y si por otra parte, la vigencia de salario mínimo en una región, requiere que al señalarse determinada suma con ese carácter, se haya tomado en cuenta, previamente, todos y cada uno de los requisitos que la ley exige para que dicho salario quede justamente fijado, es evidente que, a través de un juicio ajeno a toda cuestión relacionada con la vigencia de ese salario, no puede modificarse o nulificarse el monto mínimo, establecido para una región dada, pues admitir lo contrario, equivaldría a autorizar la nulificación o modificación, en esa forma, de disposiciones expresas en la ley. Ahora bien, como en el caso no está a discusión la cuestión relativa a la vigencia de los salarios mínimos correspondientes al Distrito Federal y al Estado de México, respectivamente, sino que de antemano se tuvo por aceptado y aprobado que tales salarios ya fueron fijados, debe concluirse que la Junta responsable estuvo obligada a respetar dichos salarios, y al no hacerlo así, violó garantías en perjuicio de los quejosos, ya que pretende apoyarse en consideraciones que no se fundan en las prevenciones de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375707-9b140ede/salario-minimo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SALARIO MINIMO, FIJACION DEL. (s/clave)
- SALARIO REMUNERADOR. (s/clave)
- SALARIO MINIMO, FIJACION DEL. (s/clave)
- SALARIO. (s/clave)
- SALARIO MINIMO. (s/clave)
- SALARIOS MINIMO, PAGO DEL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis