Corpus
Modo: Corpus Pro

AUDIENCIA EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 375762 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5144

Si las Juntas de Conciliación y Arbitraje no celebran la audiencia de discusión y resolución a que se refiere el artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo, con ello violan las leyes del procedimiento y privan de defensa al quejoso, procediendo conceder el amparo para el efecto de que se reponga el procedimiento, celebrándose dicha audiencia; por lo que si no aparece que se haya cumplido con el anterior precepto, ni con el artículo 538 del mismo ordenamiento, debe aplicarse el criterio aludido.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375762-7631e1f0/audiencia-en-el-procedimiento-obrero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo LXXV, página 8771. Indice Alfabético. Amparo directo 9387/42. Stempelt de Atner Minna. 11 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Hermilo López Sánchez. Tomo LXXV, página 5144. Amparo directo en materia de trabajo 846/42. Sánchez Guadalupe. 1o. de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.

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