PROCEDIMIENTO OBRERO, TRATANDOSE DE LA DEMANDA Y SU CONTESTACION, NO SON APLICABLES DISPOSICIONES DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
Los artículos 188, 189, fracción I, 190 y 203 del Código Federal de Procedimientos Civiles, no tienen aplicación tratándose de las reglas que deben seguirse para la demanda y la contestación, en los juicios laboristas, como supletorios de disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, ya que este ordenamiento, en su artículo 518, establece las reglas para el caso, y siendo así, es claro que no tiene aplicación el derecho común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375857-e55a13b4/procedimiento-obrero-tratandose-de-la-demanda-y-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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