PROCEDIMIENTOS, LEYES DE.
La Suprema Corte, en jurisprudencia uniforme, ha sostenido que las leyes procesales son de orden público y que no es permitido eludir su observancia, ni por voluntad de los interesados se puede dejar de cumplir, salvo en los casos expresamente señalados por la ley, al hablar del procedimiento convencional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375941-0902b3ef/procedimientos-leyes-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 8266/40. Alcázar viuda de Romano Maldonado María Luisa. 14 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.
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