TRABAJO, CONFLICTOS DE.
La Junta respectiva no puede entrar al estudio de acciones que, al no ser ejercitadas, no forman parte de la litis contestatio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375972-ffa9e982/trabajo-conflictos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7438/41. Sindicato Industrial de Trabajadores del Hierro y Similares de Jalisco. 20 de octubre de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. Disidente: López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.
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