AMPARO A QUIENES FAVORECE.
La primera regla del artículo 107 constitucional, prescribe que en el juicio de amparo la sentencia será siempre tal, que sólo se ocupe de individuos particulares, limitándose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja, sin hacer una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare lo que quiere decir, en otros términos, que se concretará únicamente a las personas que fueron parte en el juicio y a las cosas o derechos que lo motivaron, o que habiendo sido partes, dejaron de serlo por alguna circunstancia especial, que ellos no pudieron o no quisieron evitar, como lo es un remate efectuado por el fisco en pago de contribuciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376273-4ea78860/amparo-a-quienes-favorece · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO. (s/clave)
- AMPARO CONTRA UNA LEY. (s/clave)
- AMPARO, PROCEDENCIA DEL. (s/clave)
- AMPARO CONTRA UNA LEY. (s/clave)
- AMPARO. EXCESO EN LA EJECUCION DE LAS SENTENCIAS DE. (s/clave)
- AMPARO, SENTENCIAS DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis