PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER, EN MATERIA DE TRABAJO.
Aun cuando exista violación al artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo, por el hecho de no haberse cumplido con el requisito que el mismo establece, es decir, porque el presidente o auxiliar de la Junta de Conciliación, no hubiera preguntado a los representantes del capital y del trabajo, dentro de las veinticuatro horas siguientes, si necesitaban mayor instrucción para mejor proveer, no por ello es de concederse el amparo, si dicha violación no ha dejado sin defensa al quejoso, por haberse recibido las pruebas ofrecida por ambas partes, así como por haber sido aprobado el dictamen del auxiliar, por unanimidad de votos de los componentes de la Junta, sin que alguno de ellos hubiera reclamado el trámite, ya que la petición de prueba para mejor proveer, es una facultad que da el artículo citado a los representantes ante la propia Junta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376318-f54acab1/pruebas-para-mejor-proveer-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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