TESTIGOS EN MATERIA DE TRABAJO.
La Suprema Corte ha establecido en varias ejecutorias, que los testigos ofrecidos por la parte patronal no están invalidados para declarar, por el hecho de estar a su servicio, ya que en la mayoría de los casos, las empresas no pueden presentar más testigos que sus propios trabajadores, máxime, si el reclamante no prueba las tachas de esos testigos, en el incidente respectivo, ante la Junta del conocimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376412-ed9006f3/testigos-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5228/41. Bustamante Luis Felipe. 8 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada presentó su excusa. Relator: Antonio Islas Bravo.
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