PERSONAS EXTRAÑAS A LOS CONFLICTOS DE TRABAJO.
El juicio de tercería no constituye un recurso ordinario para un tercero extraño al juicio principal, por lo que quien no tiene el carácter de parte en una reclamación seguida ante una Junta de Conciliación y Arbitraje, no se encuentra obligado a deducir esa acción de tercería, ante de ocurrir al amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376543-6ed8c84a/personas-extranas-a-los-conflictos-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8724/41. Ochoa de Ribas Ernestina. 13 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Roque Estrada.
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