CONTRATOS COLECTIVOS QUE AMPLIAN LOS BENEFICIOS LEGALES DE LOS TRABAJADORES, INDEBIDA APROBACION DE LOS.
Si la Junta respectiva aprobó las cláusulas de un proyecto de un contrato colectivo en las que se amplían los beneficios que la ley de la materia concede a los trabajadores, sin consentimiento del patrono, sin citar un precepto en que fundarse y sin expresar razones de orden económico bastante, debe estimarse que con tal proceder estableció molestias indebidas en perjuicio de dicho patrono, que deben repararse en el juicio constitucional que éste proponga.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376832-f72db358/contratos-colectivos-que-amplian-los-beneficios-legales-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4712/41. Onaindia Lino. 4 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
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