EMPLEADOS PUBLICOS, AMPARO CONTRA LA SEPARACION DE LOS.
Es improcedente el amparo que se enderece contra actos de los presidentes de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, si previamente no se solicita la revisión de esos actos ante las Juntas, y tampoco procede el juicio de garantías cuando se interpone contra el decreto que establece el salario mínimo, si antes no se recurre al juicio que establece la Ley Federal del Trabajo; sobre todo, tratándose de controversias que han de resolverse aplicando el Estatuto para los Trabajadores al Servicio del Estado, pues antes de acudir al amparo, debe agotarse el procedimiento establecido por los artículos 99 y siguientes de dicho estatuto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377739-cb73cedf/empleados-publicos-amparo-contra-la-separacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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