PATRONOS, OBLIGACION DE LOS, PARA LA FIJACION DEL SALARIO.
Si el trabajador demanda el pago de indemnización, señalando como base para calcularla, el salario que asegura devengar y el patrono por su parte, niega que el monto del salario fuera el señalado por el trabajador, afirmando que devengaba una cantidad menor, es claro que es al patrono y no al trabajador a quien incumbe la prueba a este respecto, tanto porque su negativa envuelve una afirmación, como porque el patrono es quien siempre tiene a su alcance los medios necesarios para poder acordar el monto del salario que paga a sus trabajadores, ya que tiene a su disposición sus libros de contabilidad, listas de raya, recibos expedidos por los mismos trabajadores y demás medios de prueba de que generalmente carece el trabajador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377985-252d2918/patronos-obligacion-de-los-para-la-fijacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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