LIBROS DE LOS COMERCIANTES, IMPROCEDENCIA DE LA PRUEBA DE INSPECCION DE LOS.
Aun cuando la prueba de inspección ofrecida por el quejoso, no sea inútil, porque tenga relación con las cuestiones planteadas en el litigio, la Junta obra correctamente al estimarla improcedente, por ser ajenas al conflicto, las negociaciones en cuyos documentos se solicita la inspección, pues debiendo estudiarse la procedencia de esa prueba en ausencia de disposiciones expresas de la ley del trabajo y a la luz de la legislación mercantil, que es la aplicable, debe tenerse en cuenta que el artículo 44 del Código de Comercio dispone que sólo podrá decretarse dicha prueba, cuando la persona a quien pertenezcan los libros y documentos tengan interés o responsabilidad en el asunto en que proceda su exhibición.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378012-45ba5685/libros-de-los-comerciantes-improcedencia-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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