TRABAJADORES, ABANDONO DE LAS LABORES POR LOS.
Si una Junta de Conciliación y Arbitraje condena a un patrono al pago de vacaciones únicamente y absuelve al mismo de las demás prestaciones que le demanda un trabajador, por despido injustificado, estará en lo justo, si el trabajador no ha probado que faltó a sus labores previo permiso concedido por el mismo patrono, y procederá la rescisión del contrato de trabajo, si el patrono demuestra que el trabajador faltó injustificadamente a sus labores en los términos de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378314-304f4e5f/trabajadores-abandono-de-las-labores-por-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1425/40.. Franco Manuel. 6 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.
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