JUNTAS, ESTIMACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
Si una Junta, para absolver a un patrono de la reclamación que en su contra formula un trabajador, se funda en que no se comprobó el vínculo obrero patronal entre el actor y el demandado, y si los conceptos de violación alegados por aquél, no combaten tal fundamento, ni la razón que tuvo la Junta respectiva para omitir el análisis de unas pruebas rendidas en el juicio arbitral, resultan infundadas los agravios alegados, ya que para que prosperaran, habría sido necesaria la existencia del contrato de trabajo, que no se estimó comprobada por la Junta, sin objeción alguna por parte del obrero, y en consecuencia, debe tenerse por combatido el laudo de referencia, procediendo negar la protección constitucional que por tal concepto solicite el trabajador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378402-04985867/juntas-estimacion-de-las-pruebas-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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