SECRETARIAS DE ESTADO, REPRESENTACION DE LAS, EN EL AMPARO.
La Cuarta Sala de la Suprema Corte ha sostenido en diversas ejecutorias, que los oficiales mayores de las secretarías de Estado, no tienen facultad para, representando a los titulares de esas secretarías, interponer el recurso de revisión, y que solamente pueden hacerlo cuando estén facultados para ello, en virtud de acuerdo expreso de los secretarios; además, si se alega por el oficial mayor, que se encontraba ausente el titular de la secretaría, no es de admitirse esa alegación, pues entonces la revisión puede ser interpuesta por el subsecretario, por lo que debe estimarse que la revisión de que se trata, no fue interpuesta debidamente, y por tanto, debe desecharse.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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